
La micromovilidad ya no es una moda. En las principales ciudades colombianas, miles de personas utilizan patinetas eléctricas, scooters y otros vehículos personales para ir al trabajo, estudiar o simplemente recorrer distancias cortas de una manera rápida, económica y con menor impacto ambiental.
Sin embargo, el crecimiento de estos vehículos también ha traído nuevos retos: accidentes, dificultades para identificar a sus propietarios cuando ocurre un incidente, equipos sin estándares mínimos de seguridad y una normativa que hasta ahora resultaba insuficiente.
Con ese panorama, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20263040030675 del 4 de agosto de 2026, mediante la cual reglamenta aspectos técnicos relacionados con la micromovilidad en Colombia.
¿Qué busca esta resolución? Más que imponer restricciones, la norma pretende ordenar el crecimiento de este nuevo sistema de transporte.

En términos sencillos, persigue cuatro objetivos fundamentales:
✔ mejorar la seguridad vial;
✔ facilitar la identificación de los vehículos;
✔ establecer condiciones técnicas mínimas;
✔ generar mayor confianza para todos los usuarios de las vías.
Es decir, la intención no es sacar estos vehículos de circulación, sino integrarlos de manera más organizada al sistema de movilidad urbana.
La principal novedad
Uno de los cambios más importantes es la creación de una lámina de identificación para los vehículos de micromovilidad contemplados en la reglamentación. Esta identificación deberá instalarse de manera permanente y visible, convirtiéndose en un elemento que permitirá individualizar cada vehículo cuando sea necesario. En otras palabras, será una especie de «documento de identidad» del vehículo.
La resolución también ilustra la ubicación recomendada de esta identificación según el tipo de vehículo, procurando que permanezca visible sin afectar la seguridad ni su funcionamiento.

¿Y si usted ya tiene uno?
Esta probablemente es la pregunta que más se están haciendo miles de usuarios. La respuesta es sencilla: no entre en pánico ni tome decisiones apresuradas. Si ya posee una patineta eléctrica o un vehículo personal similar:
✔ conserve la documentación de compra;
✔ verifique que el vehículo cuente con los elementos básicos de seguridad;
✔ no modifique ni altere sus características originales;
✔ esté atento a la información que publique el Ministerio de Transporte sobre el procedimiento para la identificación de los vehículos que ya se encuentran circulando.
La resolución constituye el marco reglamentario, pero los procedimientos específicos para su implementación deberán conocerse conforme avance su aplicación administrativa. El documento disponible no detalla esos pasos.
Una oportunidad para hacer mejor las cosas
Desde BiciUrba creemos que toda regulación debe tener un objetivo claro: proteger la vida. Cuando las reglas buscan aumentar la seguridad, facilitar la convivencia entre peatones, ciclistas, usuarios de micromovilidad y conductores, terminan beneficiando a toda la ciudad. Eso sí, cualquier reglamentación será insuficiente si no viene acompañada de educación vial, infraestructura adecuada y campañas de cultura ciudadana.
Una patineta eléctrica puede ser tan responsable —o tan peligrosa— como quien la conduce.
En pocas palabras: si usted ya utiliza un vehículo de micromovilidad:
✔ No significa que deba dejar de usarlo.
✔ No significa que deba salir inmediatamente a comprar algún dispositivo adicional sin información oficial.
✔ Lo recomendable es mantenerse informado sobre la implementación de la nueva reglamentación y cumplir los requisitos que el Ministerio vaya estableciendo.
Porque una ciudad moderna no necesita más vehículos enfrentados entre sí, requiere ciudadanos que entiendan que la movilidad comienza con el respeto por los demás.

BiciUrba seguirá atento a la reglamentación complementaria para explicar, en un lenguaje claro y sencillo, cada paso que deberán seguir los usuarios de vehículos de micromovilidad en Colombia.





